Compensación por vuelo retrasado
Para retrasos de 3 horas o más a la llegada puedes obtener una compensación de 250 € a 600 €.
Comprueba tu vueloEl art. 6 del Reglamento CE 261/2004 y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE reconocen la compensación cuando el retraso a la llegada es de al menos 3 horas.
Además tienes derecho a asistencia (comidas, bebidas, alojamiento si es necesario) y al reembolso de los gastos razonables justificados.
Tus derechos
- Compensación de 250 € a 600 € por retrasos ≥ 3 horas
- Asistencia en el aeropuerto durante la espera
- Reembolso de los gastos justificados con documentación
CUÁNTO PUEDES RECLAMAR
La compensación económica (art. 7 del Reglamento CE 261/2004) depende de la distancia del vuelo.
| Distancia del vuelo | Compensación |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| 1.500–3.500 km (o intra-UE de más de 1.500 km) | 400 € |
| Más de 3.500 km | 600 € |
Preguntas frecuentes
¿A partir de cuántas horas de retraso corresponde la compensación?
La compensación corresponde por retrasos de 3 horas o más a la llegada al destino final.
¿Vale también si el retraso es en la salida?
Lo que cuenta es el retraso a la llegada al destino final, no el de salida.
Descubre si tienes derecho a compensación
Solo 2 minutos. Sin coste, sin compromiso.
Comprueba tu vueloEsta información tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. La relación profesional se establece únicamente con la firma del mandato (Abogado Generoso Yuri Restina, Colegio de Abogados de Roma).